Un juzgado de la Capital consideró que no existían riesgos procesales que justificaran la prisión preventiva y aplicó el principio de proporcionalidad.
El Juzgado de Control y Garantías de la Capital resolvió otorgar la eximición de prisión a un hombre imputado por un presunto delito de hurto simple. La jueza María Pía Danielsen evaluó los informes del Ministerio Público Fiscal y concluyó que, en esta etapa inicial de la investigación, no hay indicios de peligro de fuga ni de entorpecimiento de la causa.
La defensa técnica del acusado, a cargo de la abogada Laura Argañaraz, impulsó el planteo sosteniendo que el hecho investigado carece de gravedad suficiente para justificar una medida de coerción como la prisión preventiva. La causa se originó a partir de una denuncia por la supuesta sustracción de bienes en una vivienda particular, donde el valor de los elementos denunciados sería de escasa entidad económica.
El tribunal entendió que corresponde aplicar el principio de proporcionalidad y mantener la libertad del imputado mientras avanza la investigación. Como condición, el acusado deberá cumplir con una serie de reglas de conducta, entre ellas fijar domicilio y presentarse ante la Justicia cada vez que sea requerido.
Desde la defensa remarcaron la importancia de respetar el principio de inocencia, señalando que “la libertad debe ser la regla y no la excepción” en ausencia de riesgos concretos.
