El organismo consideró que el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino no debe ser encuadrado como Persona Expuesta Políticamente, una decisión basada en normativa anterior al endurecimiento de los controles vigente desde 2023.
El Tribunal de Ética de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) emitió un fallo favorable a su presidente, Claudio «Chiqui» Tapia, validando sus declaraciones juradas patrimoniales y estableciendo que no debe ser considerado una Persona Expuesta Políticamente (PEP). La categoría PEP, definida por la Unidad de Información Financiera (UIF), implica mayores controles para prevenir operaciones de lavado de dinero.
La resolución, firmada en julio de 2025 por los integrantes del tribunal Diego G. Barroetaveña, Manuel Fernández y Mario E. Kohan, sostiene que Tapia no está alcanzado por ese régimen ni por su función en la AFA ni por su rol como presidente del CEAMSE. El fallo se fundamenta en la Resolución UIF 134/2018, una reglamentación que data de ese año.
Sin embargo, desde 2023 la normativa vigente endureció los criterios para definir a una Persona Expuesta Políticamente. Según análisis de especialistas, el cargo público que ocupa Tapia en el CEAMSE lo ubicaría, bajo la regulación actual, dentro de esa categoría de manera clara.
El documento del tribunal recurre a la doctrina de los actos propios, argumentando que, dado que Tapia ya ocupaba un cargo en el CEAMSE en 2017 sin haber sido considerado PEP en ese momento, no debería serlo ahora. El fallo textualmente afirma: «El Sr. Claudio Fabián Tapia no se encuentra alcanzado por las disposiciones de la Resolución UIF N.° 134/2018».
La decisión genera atención en un contexto donde el presidente de la AFA enfrenta otras investigaciones judiciales por presuntas irregularidades fiscales y patrimoniales, lo que pone bajo escrutinio cualquier definición sobre el monitoreo de sus movimientos financieros.
