sábado, 18 abril, 2026

Reforma laboral: qué es y cómo funciona el banco de horas

El oficialismo impulsa cambios en jornadas y compensaciones que permitirían acumular horas y reorganizar tiempos de trabajo bajo acuerdos formales.

  • Con modificaciones de último momento, el Gobierno se acerca a la aprobación de la reforma laboral en el Senado

  • Reforma laboral: el oficialismo asegura que tiene los votos para la media sanción

El proyecto de reforma laboral modifica la forma de compensar las hasta el momento llamadas «horas extra».

La discusión sobre la reforma laboral se desarrolla este miércoles en el Senado, en un contexto donde los sectores políticos y sindicales siguen midiendo el impacto que podría tener el paquete de modificaciones que ya obtuvo dictamen y ahora busca la media sanción. El Ejecutivo sostiene que las nuevas reglas apuntan a dar mayor previsibilidad y reducir la conflictividad judicial, mientras que las centrales obreras alertan por posibles retrocesos en materia de derechos.

En este escenario, uno de los puntos que más debate genera es el banco de horas, un esquema que propone reorganizar la jornada sin modificar el tope semanal vigente, pero con mayor margen para redistribuir horas de un día a otro. La figura ya existe en algunos convenios de actividades con alta estacionalidad, aunque el proyecto en tratamiento busca incorporarla de manera más amplia y con respaldo legal explícito. El Gobierno pone la mira también en otros aspectos del régimen laboral, como licencias por enfermedad y accidentes no laborales.

El Proyecto de Ley de Modernización Laboral establece un modelo donde las partes pueden pactar compensaciones de horas extras, siempre que se respeten descansos mínimos y que el acuerdo quede documentado. No obstante, especialistas advierten que su aplicación concreta dependerá de la reglamentación y del equilibrio real entre empleador y trabajador.

¿Qué propone el Gobierno con el banco de horas?

Según el proyecto que analiza el Senado, el banco de horas funcionaría como un mecanismo para compensar horas extraordinarias con tiempo libre futuro, en lugar de abonarlas como adicionales salariales. Esto habilitaría que un día de mayor carga laboral se compense con otro de menor intensidad, sin alterar la cantidad total de horas que el empleado debe trabajar según la ley o su convenio.

El artículo 197 bis —incorporado al régimen de contrato de trabajo en el texto en debate— establece que el sistema debe ser voluntario, acordado entre empleador y trabajador o a través de la representación sindical dentro de la empresa. La condición central es que el acuerdo sea formal y que exista un método verificable de control, ya sea digital o manual, para que ambas partes puedan consultar cuántas horas se acumularon y cuántas quedan disponibles para su utilización.

Además, la iniciativa exige que se respeten los descansos legales: 12 horas entre jornada y jornada y 35 horas semanales, según la jornada vigente. Este punto es señalado por el oficialismo como una garantía para evitar sobrecargas que luego deriven en litigios judiciales.

Cómo cambiaría la organización del trabajo

En la práctica, el banco de horas podría modificar la dinámica cotidiana en sectores donde la demanda fluctúa, como comercio, turismo, logística o servicios estacionales. En muchos de estos rubros, los picos de actividad generan horas extras frecuentes, que hoy se pagan con recargos o se compensan de manera informal. Con la figura propuesta, esa compensación quedaría regulada y registrada.

Un ejemplo habitual es el de las cadenas de supermercados durante fines de semana largos o fechas especiales. Bajo el esquema planteado, los trabajadores podrían acumular horas adicionales y tomarse francos compensatorios en otro momento, siempre que exista acuerdo formal entre las partes.

Qué establece el proyecto en debate

El proyecto de ley de Reforma laboral refuerza la idea de que el banco de horas busca “adaptar las jornadas a las dinámicas productivas”, con la premisa de bajar costos asociados a horas extras. En paralelo, menciona que el sistema solo puede funcionar si se asegura la protección e interés del trabajador.

El proyecto también contempla que los convenios colectivos puedan definir límites adicionales:

  • Cantidad de horas a compensar por mes o por trimestre.

  • Modalidad de aviso previo.

  • Plazos para usar las horas acumuladas.

  • Restricciones según la actividad o categoría.

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