miércoles, 9 octubre, 2024

Facturas de luz sin tasas municipales

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dispuso dejar sin efecto la autorización para aplicar conceptos ajenos al servicio de luz, como las tasas municipales, en las facturas de Edenor y Edesur, mediante la Resolución 708/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial. Adicionalmente, el titular de Economía, Luis Caputo, anunció que el presidente Javier Milei le pidió «que cerráramos las sucursales del Banco Nación de aquellos municipios que insisten con abusar de sus vecinos mediante subas de tasas municipales injustificadas, que además esconden en servicios nacionales» (ver aparte)

Mediante Resolución  708/2024, el ENRE definió que “corresponde dejar sin efecto toda autorización que haya sido otorgada por este Ente, en orden a que se incluya en las facturas que emiten Edenor S.A. y Edesur S.A. por el servicio de distribución de energía eléctrica que prestan, conceptos a cobrar ajenos a dicho servicio de carácter federal”.

La normativa, que lleva la firma del interventor del órgano regulador, Darío Oscar Arrué, consigna, como ejemplo, que el cobro de la tasa de alumbrado público municipal en las facturas de los usuarios de las distribuidoras, fue establecido en resoluciones del propio ENRE de marzo y noviembre de 1996 y de julio de 1997, «homologando acuerdos entre los municipios y las distribuidoras Edenor SA y Edesur SA en este sentido».

Sin embargo, sostiene la actual Resolución del ENRE, ante una norma reciente de la Secretaría de Industria, de fecha 10 de septiembre, establece que los conceptos contenidos en las facturas de las distribuidoras “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio».

En consecuencia, dada dicha resolucón de Industrias, «debe entenderse que las tasas dispuestas por normas locales resultan ajenas al servicio al que refieren esas facturas» y, por lo tanto, «corresponde dejar sin efecto toda autorización que haya sido otorgada por este Ente» a las distribuidoras para incluir en la factura «conceptos a cobrar ajenos» al servicio específico.

De esta manera, las distribuidoras energéticas que operan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) podrán facturar únicamente conceptos afines a la prestación del servicio eléctrico. Edenor y Edesur son las únicas distribuidoras del país que funcionan bajo la regulación del ENRE, ya que el resto de las prestadoras del servicio se mueven dentro de las órbitas de jurisdicción provincial.

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